Un solo acto grave ahora puede ser suficiente. La Sentencia 99-22-IN/26 redefine el concepto de acoso laboral y obliga a las empresas a revisar sus protocolos internos y políticas de prevención.

Introducción

Hasta hace poco, denunciar acoso laboral en Ecuador implicaba demostrar que la conducta había ocurrido de manera reiterada.

Sin embargo, la Corte Constitucional del Ecuador modificó este criterio mediante la Sentencia 99-22-IN/26, eliminando el requisito de repetición en determinados casos.

Ahora, un solo acto grave podría ser suficiente para configurar acoso laboral.

Este cambio representa un precedente importante tanto para trabajadores como para empleadores, especialmente en temas relacionados con ambiente laboral, prevención de riesgos psicosociales y cumplimiento normativo empresarial.

¿Qué cambió con la sentencia?

La Corte Constitucional determinó que exigir reiteración obligatoria podía dejar en indefensión a personas que sufrían conductas graves capaces de afectar su dignidad, estabilidad emocional o entorno laboral desde un único evento.

Con esta decisión, se reconoce que ciertos actos aislados pueden generar consecuencias suficientemente graves como para constituir acoso laboral.

Esto implica una interpretación más amplia y protectora de los derechos laborales y de la integridad de los trabajadores.

¿Qué podría considerarse un acto grave?

Aunque cada caso deberá analizarse individualmente, algunos ejemplos podrían incluir:

  • Humillaciones públicas severas
  • Amenazas directas dentro del entorno laboral
  • Conductas discriminatorias graves
  • Presiones psicológicas intensas
  • Acciones que afecten la dignidad o estabilidad emocional del trabajador

La gravedad del acto será un elemento clave dentro de la valoración judicial.

¿Qué implica esto para las empresas?

Las organizaciones deben revisar urgentemente:

✔ Protocolos internos de prevención
✔ Reglamentos y códigos de conducta
✔ Procesos de denuncias internas
✔ Capacitaciones al personal y mandos medios
✔ Gestión de riesgos psicosociales

No actualizar políticas internas podría aumentar riesgos legales, laborales y reputacionales.

¿Qué deben saber los trabajadores?

La sentencia fortalece la protección de derechos laborales y abre la posibilidad de denunciar situaciones graves incluso cuando no exista repetición constante de conductas.

Sin embargo, cada caso requerirá análisis jurídico y probatorio específico.

Conclusión

La Sentencia 99-22-IN/26 marca un cambio importante en la interpretación del acoso laboral en Ecuador.

Más allá del ámbito judicial, esta decisión obliga a empresas y trabajadores a replantear cómo se previenen, gestionan y documentan los conflictos dentro del entorno laboral.

La prevención y el cumplimiento ya no son opcionales:
son parte esencial de una gestión empresarial responsable.

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